Calendario de VeriFactu 2027: cuándo es obligatorio

VeriFactu es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales, autónomos incluidos. Las fechas las fija el Real Decreto-ley 15/2025.

Actualizado el · Fuentes: BOE y Agencia Tributaria

  1. Vencido

    Fabricantes de software de facturación

  2. Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades

  3. Autónomos y resto de obligados

Quién está obligado y desde cuándo.

Obligados a VeriFactu y fecha desde la que deben cumplir
QuiénObligado desdeNorma
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027RDL 15/2025
Autónomos (IRPF), entidades en atribución de rentas y no residentes con establecimiento permanente1 de julio de 2027RDL 15/2025
Fabricantes y comercializadores de software de facturación29 de julio de 2025RD 1007/2023
Acogidos al SIINo les aplicaRD 1007/2023
Contribuyentes con tributación foral del País VascoNo les aplicaTicketBAI

Las fechas no dependen del volumen de facturación ni del número de facturas. La obligación nace del uso de un sistema informático de facturación (SIF), el software con el que se expiden las facturas. Si un SIF expide una factura, toda la facturación debe pasar por él. La AEAT no admite combinar facturas del SIF con facturas manuales.

Las facturas de talonario, escritas a mano o a máquina, no pasan por ningún SIF y el reglamento no les aplica. Word o Excel tampoco son un SIF si solo se usan para redactar, imprimir y guardar facturas. Una macro que genere el libro registro de facturas expedidas los convierte en SIF.

Las entidades totalmente exentas del Impuesto sobre Sociedades quedan fuera; las parcialmente exentas, solo por las operaciones que generan rentas no exentas. En Canarias, Ceuta y Melilla aplica igual, con el IGIC y el IPSI en lugar del IVA.

Cómo se llegó a 2027.

La obligación se ha aplazado dos veces, y cada cambio ha modificado el mismo reglamento. El plazo de los fabricantes no se movió en ninguno de los dos.

Normas que han fijado las fechas de VeriFactu
NormaFechaQué fijó
Real Decreto 1007/20235 dic 2023Aprueba el reglamento. Primera fecha para los obligados: 1 de julio de 2025.
Orden HAC/1177/202429 oct 2024Publica las especificaciones técnicas y abre el plazo de nueve meses de los fabricantes, que termina el 29 de julio de 2025.
Real Decreto 254/20251 abr 2025Separa dos fechas: 1 de enero de 2026 para Sociedades y 1 de julio de 2026 para el resto.
Real Decreto-ley 15/20252 dic 2025Retrasa ambas fechas un año: 1 de enero y 1 de julio de 2027. Convalidado por el Congreso el 11 de diciembre.

Qué implica para tu software.

Si desarrollas un ERP, un TPV o un SaaS de facturación, las fechas de tus clientes marcan tus entregas.

  • Desde el 29 de julio de 2025, la versión que comercializas debe estar adaptada.

    El Real Decreto 1007/2023 da a fabricantes y comercializadores nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024 (disposición final cuarta). La AEAT sitúa el final de ese plazo en el 29 de julio de 2025 (Manual práctico de IVA 2025). Cada versión del sistema lleva una declaración responsable del fabricante (artículo 13). Los sistemas con contrato de mantenimiento plurianual deben estar adaptados en las mismas fechas que sus usuarios, en 2027.

  • Tus clientes que sean sociedades necesitan la versión adaptada antes del 1 de enero de 2027.

    Los autónomos, antes del 1 de julio de 2027.

  • Si tienes clientes en Araba, Bizkaia o Gipuzkoa, TicketBAI ya es obligatorio para ellos.

    Es otro sistema, con su propia hacienda y su propio formato.

La Ley General Tributaria (artículo 201 bis) fija el marco sancionador: 150.000 € por ejercicio y por tipo de sistema para quien fabrica o comercializa software que no cumple; 1.000 € por cada sistema vendido sin la certificación exigida; 50.000 € por ejercicio para el usuario que factura con un sistema no conforme.

Con VeriBai

La adaptación es una llamada por factura: la API genera, firma, encadena y remite el registro, y devuelve el código QR en la misma respuesta. Tu producto se apoya en la declaración responsable de VeriBai como sistema informático de facturación.

Ver la API VeriFactu

TicketBAI: ya obligatorio en los tres territorios.

Cada hacienda foral aplicó su propio calendario por sectores o por tamaño. Estas son las fechas desde las que obliga a todos los contribuyentes con actividad económica.

Fecha de obligatoriedad general de TicketBAI por territorio
TerritorioObligatorio para todosAntes
Araba1 de diciembre de 2022Implantación por sectores desde abril de 2022.
Gipuzkoa1 de junio de 2023Cinco fechas por sectores desde julio de 2022.
Bizkaia1 de enero de 2026Grandes empresas desde el 1 de enero de 2024; el resto, por tramos semestrales. Bizkaia añade el LROE.

Ver la API TicketBAI

Qué hacer ahora.

1

Clasifica a tus clientes por fecha

Sociedades (enero de 2027), autónomos (julio de 2027), territorio foral (TicketBAI, ya obligatorio) y acogidos al SII (fuera de VeriFactu).

2

Integra y prueba en Sandbox

El entorno es gratuito, no caduca y devuelve las mismas respuestas que producción, así que la integración se valida con datos reales antes de tocar un cliente.

3

Publica la versión adaptada antes de la primera fecha

La que afecte al primero de tus clientes. Si tienes sociedades en cartera, esa fecha es el 1 de enero de 2027.

La AEAT trata el periodo anterior a cada fecha como un periodo de pruebas: quien empieza a remitir registros antes de tiempo puede dejar de hacerlo mientras no tenga obligación.

Preguntas sobre el calendario.

No. El reglamento aplica a cualquier empresario o profesional que facture con un programa informático, aunque solo lo use para una parte de su actividad, y no fija umbral de volumen. Quedan fuera quien factura exclusivamente a mano, los acogidos al SII y los contribuyentes con tributación foral.

Hasta el 29 de julio de 2025: nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024. Ninguno de los dos aplazamientos cambió ese plazo.

Sí. La AEAT trata el periodo anterior a cada fecha como un periodo de pruebas: se pueden remitir registros antes de tiempo y dejar de hacerlo mientras no haya obligación. A partir de la fecha obligatoria, quien empiece a remitir con un sistema VERI*FACTU debe mantenerlo al menos hasta el final de ese año natural.

Sí. El reglamento se aplica en todo el territorio común, y sus referencias al IVA se entienden hechas también al IGIC y al IPSI.

No. Son dos obligaciones distintas. La factura electrónica entre empresarios y profesionales nace de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y la desarrolla el Real Decreto 238/2026. Sus plazos cuentan desde la entrada en vigor de una orden ministerial propia: doce meses para quien superó 8 millones de euros de volumen de operaciones en el año natural anterior y veinticuatro para el resto. VeriBai cubre VeriFactu y TicketBAI.

Las fechas actuales están en una norma con rango de ley, convalidada por el Congreso en diciembre de 2025. Cualquier cambio necesitaría otra norma publicada en el BOE. Esta página se actualiza cuando eso ocurra.

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Fuentes

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